Cooperativas de ahorro y crédito: nuevas reglas para frenar el sobreendeudamiento
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha aprobado un nuevo reglamento que establece estándares mínimos para que las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a captar recursos del público (Coopac) gestionen el riesgo de sobreendeudamiento de sus socios. La medida, formalizada mediante la Resolución SBS 02292-2026, busca promover un crecimiento responsable y sostenible del crédito en este sector, poniendo el foco en la capacidad de pago real de los prestatarios.
Esta decisión regulatoria llega en un momento clave para el sistema financiero peruano. Las Coopac han experimentado una expansión significativa en los últimos años, pero también han generado preocupación por prácticas crediticias que, en algunos casos, han contribuido al endeudamiento excesivo de las familias. La nueva normativa pretende corregir ese desequilibrio sin sofocar la inclusión financiera que estas entidades facilitan, especialmente en segmentos de la población que el sistema bancario tradicional atiende de manera limitada.
¿Qué deberán revisar las cooperativas antes de otorgar un préstamo?
El cambio más relevante es la obligación de las Coopac de identificar el nivel de endeudamiento total del socio. Esto implica considerar no solo las obligaciones que el prestatario mantiene con la propia cooperativa, sino también los créditos que tenga con otras entidades del sistema financiero y cooperativo. Para ello, las cooperativas deberán recurrir a información interna y externa, como centrales de riesgo u otras fuentes disponibles, en función de su tamaño y complejidad operativa.
La evaluación también deberá incluir las cuotas de las distintas obligaciones del socio y, cuando corresponda, las de su cónyuge si los ingresos de este último son considerados en el análisis crediticio. En el caso de créditos destinados a microempresa y pequeña empresa, la norma exige que se evalúe además el endeudamiento personal y familiar cuando los familiares participen activamente en el negocio. Asimismo, se deberá tener en cuenta cuántas entidades financieras o Coopac han otorgado créditos al socio, un indicador que puede revelar una exposición excesiva al riesgo.
El ratio de capacidad de pago como factor determinante
La nueva norma introduce el ratio de capacidad de pago como un elemento central en la decisión de otorgar un nuevo préstamo. Este indicador compara las obligaciones financieras del socio con sus ingresos netos disponibles. Para calcular estos últimos, se deben descontar de los ingresos los gastos personales y familiares, los costos del negocio, así como impuestos y otros descuentos legales que correspondan.
Un ejemplo práctico puede ilustrar el espíritu de la norma: si una persona tiene ingresos mensuales de S/3.000, pero ya destina una parte importante de ese monto al pago de préstamos y además tiene gastos personales y familiares, la cooperativa deberá evaluar cuánto dinero le queda realmente disponible antes de aprobarle otra deuda. La regulación es clara al señalar que las Coopac no deben otorgar un nuevo crédito cuando el socio supere los límites de capacidad de pago definidos en la metodología de riesgo de la propia cooperativa.
Este enfoque, centrado en la capacidad de pago más que en la mera disponibilidad de garantías, representa un avance hacia una cultura crediticia más responsable. En un contexto donde el sobreendeudamiento puede tener efectos nocivos tanto para las familias como para la estabilidad del sistema financiero, la medida apunta a prevenir problemas antes de que se materialicen.
¿Qué pasa si una persona ya está sobreendeudada?
Las obligaciones de las cooperativas no terminan con la aprobación del préstamo. La norma establece que las Coopac deberán hacer seguimiento a la evolución financiera de sus socios para detectar si alguno entra posteriormente en una situación de sobreendeudamiento. Si se identifica un mayor riesgo, la cooperativa podrá adoptar medidas preventivas o correctivas, como restringir o condicionar nuevos créditos, realizar una evaluación financiera más completa o aplicar un seguimiento reforzado.
La SBS señala que esta vigilancia busca identificar oportunamente cambios en la situación financiera y en el nivel de endeudamiento de los socios. Se trata, en definitiva, de un enfoque preventivo que reconoce que la salud financiera de los prestatarios es dinámica y puede deteriorarse con el tiempo.
Plazos de adecuación diferenciados
Las cooperativas tendrán plazos diferenciados para adecuarse a la nueva normativa, en función de su tamaño y nivel de complejidad. Las Coopac de Nivel 3 y las de Nivel 2 con activos superiores a 32.200 UIT tendrán plazo hasta el 31 de marzo de 2027. Las Coopac de Nivel 2 con activos iguales o menores a 32.200 UIT dispondrán hasta el 30 de septiembre de 2027, mientras que las de Nivel 1 tendrán plazo hasta el 31 de marzo de 2028.
Esta gradualidad en la implementación es una señal positiva: reconoce que las cooperativas más pequeñas pueden necesitar más tiempo para adaptar sus sistemas y procesos internos. No obstante, el horizonte temporal es claro y no debería dar lugar a dilaciones innecesarias.
Una regulación que equilibra prudencia y dinamismo
La nueva regulación de la SBS representa un equilibrio razonable entre la necesidad de proteger a los consumidores financieros y el objetivo de mantener un sector cooperativo dinámico y competitivo. Al establecer reglas claras y predecibles, la norma reduce la incertidumbre y permite que las Coopac operen con mayor seguridad jurídica.
Para los socios de estas cooperativas, la medida implica una mayor protección frente a prácticas crediticias que pueden conducir a un endeudamiento insostenible. Para el sistema financiero en su conjunto, supone un avance hacia una mayor estabilidad y transparencia. Y para el Estado, es un ejemplo de cómo la regulación prudencial puede contribuir al desarrollo económico sin caer en intervencionismos que distorsionen el mercado.
En un contexto global donde el crédito responsable se ha convertido en un pilar de las políticas financieras, el Perú se alinea con las mejores prácticas internacionales. La medida, además, refuerza la confianza en las instituciones reguladoras y en el estado de derecho, elementos esenciales para el desarrollo de una economía de mercado moderna y eficiente.
El desafío ahora estará en la implementación efectiva de la norma. Las Coopac deberán demostrar que pueden adaptarse a los nuevos estándares sin perder su esencia: ser vehículos de inclusión financiera para sectores que el sistema bancario tradicional no atiende adecuadamente. Si lo logran, esta regulación habrá cumplido su propósito: un crecimiento del crédito más responsable, sostenible y al servicio del desarrollo económico del país.